
CASO LUCCHETTI
Barbas Revueltas
Un caso de terquedad empresarial que termina por empastelar al gobierno y al Municipio de Lima, amenazando a uno de los pocos refugios ecológicos de la capital.

Los abogados de Lucchetti Rafael Roselló, Aníbal Quiroga y Javier Valle Riestra: argumentos que demuestran que las cosas no se hicieron regularmente. El asesor legal de la MML. Ernesto Blume, cree que inusual celeridad de juez Percy Escobar a favor de Lucchetti no garantiza transparencia en el tratamiento del caso.
Es difícil engañarse. Avido de encontrar pretextos para frenar a un Alberto Andrade cuyos bonos políticos continúan en alza, el gobierno utiliza la maña de un juez controvertido para abonar la causa de una empresa chilena que, ciertamente, apela a la ostentación del dinero y de un poder revanchista que en nombre de los celos políticos extrema la situación. ¿Qué se diría en Chile si esta pelea se hubiera producido amenazando al valle del Maipo o al de Santiago por obra de una empresa peruana que se pavonea con juristas que, inflamados, hacen de la contienda una feria de vanidades inexcusables? ¿Por qué conducir las cosas hasta un punto peligroso que resiente las relaciones de los dos países vecinos? Por mucho menos, un desaire innecesario, el Congreso chileno reaccionó airadamente hace pocos meses. ¿Si la empresa Lucchetti estaba segura de proceder correctamente por qué se saltó a la garrocha los pasos exigidos por la ley? Una vez más Lima sufre las consecuencias, se dividen los campos y se continúa por el equivocado camino de prescindir de la defensa del medio ambiente.
EL último lunes, en la primera sesión del Concejo Metropolitano del presente año y con los votos de 23 regidores, se aprobó el recurso de reconsideración que sobre el caso Lucchetti solicitara el jefe de la bancada oficialista Santiago Agurto. También se votó para extender un plazo de 30 días para presentar una propuesta de ordenanza que reglamente la zona especial de los Pantanos de Villa, lo cual implicaría una recalificación de la zona adyacente a los humedales.
Incuestionablemente la mole de concreto no encaja y más bien rompe el paisaje de los Pantanos de Villa.
Casi paralelamente el juez Percy Escobar suspendió la resolución de la Municipalidad Metropolitana de Lima que prohíbe la construcción de la fábrica de fideos Lucchetti hasta que se resuelva si esta construcción cumple con los requisitos de ley. Sin embargo, hasta las ocho de la noche del martes 20 ni el alcalde Alberto Andrade ni el asesor legal de la MML, Ernesto Blume, habían recibido la notificación, por lo que no se sabía hasta ese momento cuáles eran lo argumentos legales en los que se había basado el juez Escobar para acoger el pedido de la empresa chilena.
Sin embargo, trascendió que había inclinado la decisión del juez el hecho que se hayan afectado los derechos constitucionales del demandante, es decir, Lucchetti.
La fundamentación de la demanda de Lucchetti contiene algunas sinrazones.
*La empresa alega que la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) no es requisito previo a la construcción, sino que sólo se necesita su aprobación. "Eso no es verdad y lo saben todos los que quieren construir", dice Blume.
*La empresa sostiene que en dos cartas notariales, fechadas el 4 y 22 de setiembre, se comprometió ante Inrena a no explotar los pozos de agua hasta contar con los estudios hidrogeológicos, los mismos que eventualmente "demostraron que los pozos no afectaban en modo alguno al pantano". Pregunta al vuelo: ¿cómo es posible que el aspecto más sensible de la presencia de la fábrica en los humedales, el uso del agua, no se resuelva en el EIA sino a través de cartas notariales?
*Lucchetti se equivoca cuando dice que el rechazo a la firma Ecofish, que elaboró el primer EIA, porque no estaba habilitada por Inrena, era una responsabilidad burocrática y no suya. Para cualquiera, la contratación adecuada pasa por verificar qué empresa está debidamente representada ante el Inrena.
Impresionantes instalaciones fabriles de Lucchetti que muestran que no se trata de una planta de industria mediana.
El caso del juez Escobar, desaprobado académicamente en un examen, es antológico. Habitualmente, se toma un promedio de dos meses para acoger las acciones de amparo ante su despacho. Fue el caso de Galerías El Dorado, cuyo proceso de amparo se gestionó el 4 de noviembre de 1997 y se resolvió el 8 de enero de este año. Igual ocurrió con Inmuebles Azángaro Tres S.A., causa iniciada el 8 de agosto concluyó en 21 de octubre de 1997. En el caso del amparo de Luchetti, el 12 de enero traslada la demanda a la mesa de partes, al día siguiente la admite y la resuelve el 19.
El martes, los funcionarios de Lucchetti, encabezados por Salvador Calvo-Pérez, y los abogados de la firma Rafael Roselló, Aníbal Quiroga y Javier Valle Riestra, ofrecieron una conferencia para demostrar que la empresa había cumplido con todos los requisitos que le exigía la ley para la construcción de su planta.
Roselló señaló que una fábrica de fideos está catalogada como industria mediana o I2 y que esto figuraba en una clasificación internacional refrendada por las Naciones Unidas. "El volumen de las instalaciones no tienen nada que ver. La calificación de I3 o industria pesada que pretende adjudicarle la MML a Luccheti sólo es aplicable a las siderúrgicas", dijo.
Consultado al respecto, el doctor Natale Amprimo señaló que un reglamento internacional semejante, si es que existe, no rige en el Perú porque en nuestro medio hay normas expresas que se deben cumplir antes de iniciar la construcción de una fábrica. "El trámite comienza con la confección de un EIA que debe ser aprobado antes de iniciar las obras. Además, dada su envergadura, la planta Lucchetti es I3", señala.
Roselló dijo que ninguna norma legal vigente en el país o en el exterior prohíbe la instalación de una planta en zonas adyacentes a reservas ecológicas. En efecto, no existe prohibición como tal pero en la Ley de Diversidad Biológica se insta a los gobiernos regionales y locales a que adecuen sus áreas adyacentes a reservas ecológicas a fin de que no se produzcan impactos negativos desde las áreas de influencia hacia las áreas naturales. También el Código de Medio Ambiente y la Constitución son taxativos al respecto.
"Con toda su tecnología suiza, Lucchetti tiene riesgos potenciales que han sido señalados por expertos chilenos y la mesa de expertos a que consultó la MML. Habría que interpretar que pone en riesgo la integridad de un área natural porque no es compatible con la zona como tampoco lo podrían ser un conjunto habitacional de alta densidad, o un complejo de diversiones o un edificio. Si se demuestra que produce un riesgo no manejable, no es aconsejable", señala Arnold Millet.
Alcalde Andrade: preocupación creciente.
Por otro lado, en la legislación internacional hay alcances que los abogados de Lucchetti deberían tener en cuenta. Deberían leer el artículo 8 de la Ley de Bases de Medio Ambiente de Chile, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente de México (artículo 28, inciso x) o la Ley Ambiental de Bolivia (artículo 26). Quizá lo que llamó más la atención de la exposición de Roselló fue la presentación de dos resoluciones municipales por las cuales se otorgaba zonificación industrial a Mimosa y 3M en octubre y noviembre de 1996, respectivamente, y firmadas nada menos que por el alcalde Alberto Andrade. "Si a esas empresas se les dio la zonificación y a nosotros no, debemos entender que de por medio hay discriminación", sentenció.
CARETAS solicitó a Lucchetti copia de estas resoluciones pero no las obtuvo. Tras una paciente búsqueda en el archivo, encontramos que el 2 de octubre de 1996 aparece la Resolución 250 por la cual se aprueban los estudios preliminares de habilitación urbana de Marion S.A., nombre de la planta que fabrica la toalla higiénica Mimosa pero firmada por Juan Bautista Bardelli, director municipal de Desarrollo Urbano de la MML. No fue posible encontrar la resolución de 3M. ¿De dónde sacó el doctor Roselló las resoluciones que mostró en la conferencia de prensa?
"Tanto Lucchetti como Mimosa y 3M están en la etapa de estudios preliminares y tenían plazo para presentar sus estudios definitivos. El 7 de noviembre del año pasado se aprobó el Acuerdo de Alcaldía 126 por la cual se suspendió todos los trámites de habilitación urbana para crearse una comisión que reglamentará la zonificación y uso de los suelos del área de influencia. En todo caso, la diferencia entre Mimosa y 3M respecto a Lucchetti, es que las dos primeras contaban con dictámenes que aprobaban sus estudios de impacto ambiental provenientes del Inrena y de la Dirección de Industrias del MICTI previos a sus estudios preliminares de habilitación urbana", señala Millet.
Ecólogo chileno Manuel Baquedano: Lucchetti debe salir de los humedales pero también Mimosa y 3M.
Por su parte, el doctor Amprimo señala que si Roselló está hablando de regularizar una situación, sólo quedaría decirle que hay que regularizar lo regularizable. "Por ejemplo, Jockey Plaza se construyó sin los requisitos completos pero desde un primer momento se sabía qué iba a ser y a qué estaba destinado. Aquí la regularización no tuvo problemas. En el caso de la Planta de Lucchetti las cosas son diferentes", dice.
El pasado 16 llegaron a Lima los ecologistas chilenos César Padilla y Manuel Baquedano ligados al Observatorio Latinoamericano de Medio Ambiente. La conclusión de la visita de los especialistas fue que los Pantanos de Villa constituyen un valioso patrimonio no sólo de Lima sino de todos los países por ser un lugar de paso de aves que vuelan desde Alaska hasta Punta Arenas y viceversa. "Esta zona nunca debió ser catalogada como zona industrial. Lo que informaremos en Chile es que la planta Lucchetti, que es una 13, debe salir de la zona pero también deben hacerlo Mimosa y 3M, aunque hayan sido calificadas de 12. Creemos que toda la zona industrial debería trasladarse porque ocupa lo que se conoce como zona de amortiguamiento de los humedales. Consideramos que Lucchetti fue extremadamente mal aconsejada al escoger instalarse en este lugar", concluyeron.
El domingo 18, Lucchetti invitó a los vecinos de Las Delicias de Villa para explicarles las bondades de la planta y fomentar una relación de buena vecindad. Asistieron alrededor de 120 personas. En un momento se comentó que la planta estaría en condiciones de ofrecer empleo a los residentes de la zona, así que se empezó a empadronar a los asistentes señalando que se podría ofrecer 700 puestos de trabajo. Lo que se supo después es que estos empleos eran de guardianía, vigilancia y servicio de limpieza. A la salida, a los visitantes se les regaló un polo y un kilo de tallarines.