Edición Nº 1677

 

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    ARTICULO

    5 de julio de 2001

    El Derecho a La Identidad
    Insólito: jueza piurana sentencia que el ADN es sólo una prueba. Zaraí Toledo seguirá luchando porque se le reconozca un derecho fundamental: el de saber quién es.

    "Yo no voy a pagar por las inseguridades de Alejandro Toledo. Si él no se encuentra a sí mismo, entonces no vale nada como persona".

    "Yo no voy a dejar de ser quien soy porque una jueza lo resuelva", dice Zaraí Toledo.

    La niña ya no es la misma desde que el 1º de junio pasado, Carmen Kcomt, titular del Segundo Juzgado de Familia de Piura, declarara como "cosa juzgada" la demanda por alimentos que Lucrecia Orozco le hiciera al hoy presidente electo Alejandro Toledo. Y, simplemente, ha dejado de opinar en el instante en que la misma jueza, también sentenciara como "cosa juzgada" el proceso de paternidad biológica interpuesto por la misma Lucrecia Orozco. "Ya lo he dicho todo -señala Zaraí-, ¿por qué tenemos mi mamá y yo que pasar por esto? De verdad que me choca y me impresiona demasiado".

    No obstante, Zaraí Toledo intenta hacer su vida normal. Asiste todos los días al colegio particular "Proyecto" -"el mejor de Piura", advierte ella-, estudia muy fuerte, le fascina sentarse frente a la computadora y como a cualquier chica de su edad, escuchar a Britney Spears. Tiene, más bien, otros talentos que prefiere pasen inadvertidos: es una trome del ajedrez, una gran lectora y habla perfecto el inglés.

    Ha viajado con cierta regularidad. "Estuve en Budapest el año pasado", cuenta.

    En la casa de su abuela, donde ella y su madre viven, no le falta lo indispensable. Y eso es algo que Zaraí quiere que se comprenda: "No necesito de una limosna ni de dinero, sólo que no quiero dejar de ser quien soy por culpa de quien se supone es mi padre y de una jueza. El tiene que asumir sus responsabilidades y los juzgadores deben actuar con justicia". "Yo no fui -continúa- construida por Montesinos, como muchos han afirmado. Eso es menospreciarme, yo no soy un objeto y voy a ir hasta el final".

     

    Escena que se registró el 1º de junio pasado. Zaraí desolada por decisión de la jueza Kcomt. derecha; los piuranos están con ella

    Afortunadamente, Zaraí cuenta con el respaldo de la mayoría de piuranos. Sus compañeros de colegio la quieren y respetan y sus familiares igual. Pero su madre está preocupada: "Ahora que salga de vacaciones la voy a llevar a un sicólogo. Está muy afectada".

    De acuerdo al abogado de Lucrecia Orozco, José Neyra, los dos procesos iniciados por Orozco, el de alimentos y el de declaración judicial de paternidad biológica no pueden ser declarados "cosa juzgada" porque la famosa excepción de "cosa juzgada" requiere de tres elementos para serlo: identidad entre las partes procesadas, identidad de petitorios y el interés para obrar.

    "El fenecido proceso de filiación -alega el doctor Neyra- se sustentaba en la pretensión de la existencia de relaciones sexuales en la época de la concepción. Hoy, es por una prueba genética. Es decir que el interés para obrar no es el mismo. Por ejemplo, no es lo mismo pedir el divorcio por adulterio que por injuria grave".

    Lo que actualmente se quiere es saber quién es el padre biológico de la niña en virtud del derecho de identidad.

    Ahora bien, según el doctor Neyra, las sentencias en materia de alimentos tampoco adquieren la autoridad de "cosa juzgada". "No alcanzan ejecutoria -informa- así sean fundadas o infundadas". Sucede que el derecho alimentario se sustenta en la vida misma del ser humano. Los alimentos son "irrenunciables, imprescriptibles, intransigibles e incompensables". No caducan. En consecuencia, las sentencias que resulten de un proceso de alimentos pueden ser modificadas a través de otra sentencia. Ya sea para el prorrateo, reducción, exoneración o fijación de una nueva pensión alimentaria.

    "La resolución de la jueza Kcomt es vergonzosa -dice el abogado- por cuanto ni un solo considerando resulta lógico o jurídico y arroja conclusiones falsas. Ella invoca a principios jurídicos que chocan con las normas procesales civiles. Nosotros ya hemos presentado los correspondientes recursos de apelación".

     

    Zaraí Toledo: "Ya he dicho todo lo que correspondía, ahora sólo espero que se me haga justicia".

    EL INTERES SUPERIOR

    Experto en Derecho Familiar y catedrático de la Universidad Católica, el doctor Benjamín Aguilar, se refiere, a grandes rasgos, a los procesos judiciales que involucran a niños y adolescentes.

    "Hay una regla general: para asuntos de familia no existe la cosa juzgada". En consecuencia es pertinente revisar los casos pues lo que se pretende, siempre, es favorecer al menor. "En demandas por Patria Potestad, tenencia, alimentos o filiación, no hay plazos para solicitarlas, no caducan y es posible volver a iniciarlas", manifiesta.

    En cuanto a la prueba de ADN, la misma que procede desde el 28 de diciembre de 1998 (Ley 27048), el doctor Aguilar dice que se debe solicitar "para crear convicción en el juez". "El Derecho de Familia vela por el interés superior del niño y del adolescente y sólo se puede considerar cosa juzgada cuando la demandante invoca a la misma causal de un proceso anterior". Exactamente lo mismo que dice el doctor José Neyra. O sea, el caso "Zaraí" recién comienza.

     
    En Tela de Juicio
    De acuerdo a lo que manifiestan, tanto el abogado de Lucrecia Orozco, José Neyra como el experto en Familia, doctor Benjamín Aguilar, la jueza Carmen Kcomt Ruiz habría mutilado el derecho de identidad de Zaraí. Lo que extraña, es el cambio de conducta de la mencionada magistrada quien en un principio pareció interesarse favorablemente en el caso "Zaraí". "Sus pronunciamientos -afirma el doctor Neyra- resultan ahora vejatorios".

     

     

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