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Que Hable
el Emperador
Escribe NELLY CALDERÓN NAVARRO(*) LA mañana del 13 de noviembre de 2000, a pocos días de asumir la Fiscalía de la Nación, inicié uno de los retos más importantes en mi carrera profesional, en medio de una difícil coyuntura política. Ese día, minutos antes de las ocho de la mañana, el entonces presidente Alberto Fujimori Fujimori, mientras abordaba el avión que lo llevó a un viaje sin retorno, llamó a mi despacho para desearme éxitos en mi gestión. Este sería el inicio de un desafiante capítulo profesional que aún no termina: lograr la extradición, no de un ciudadano cualquiera, sino de un ex Jefe de Estado. Hubo primero que esperar, con prudencia, dos elementos. Por un lado, los pasos que sigue la justicia peruana en la denuncia y elaboración del cuadernillo de extradición, en base a los casos de las matanzas de Barrios Altos y la Cantuta por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y desaparición forzosa. Por otro lado, la adecuación del Perú a ciertas normas de derecho internacional. Así, la Cancillería presentó el 28 de julio de 2003 el cuadernillo a Japón amparándose en los principios de derecho internacional y de la Convención contra la Tortura. Ante la demora de Japón en responder al pedido de extradición, hice pública mi posición de recurrir en un contencioso ante la Justicia Internacional. En mi opinión, existen elementos suficientes para no esperar una respuesta. Existe un precedente que sustenta mi posición: La justicia italiana sigue a la espera de la extradición de Delfo Zorzi, ciudadano italiano nacionalizado japonés, por su vinculación en actos de terrorismo perpetrados por la banda ultraizquierdista italiana Brigadas Rojas en la década de 1980. Japón se niega hasta la fecha a extraditar a Zorzi afirmando que se trata de un ciudadano japonés, nacionalidad que le fue conferida soberanamente al casarse con una dama de la misma nacionalidad. Fujimori afronta múltiples pedidos de extradición por delitos diversos, pero el fondo del asunto no es ése. El ex Jefe de Estado tiene una nacionalidad predominante, tal como lo demuestra el Affaire Nottebhom (Guatemala vs Liechtenstein) en 1953. En ese sentido, la negativa de entrega por parte del gobierno de Japón es contraria al orden público internacional. El Perú tiene el mejor derecho para juzgar a Fujimori, así como Guatemala tuvo el mejor derecho para exigir sus obligaciones a Liechtenstein en el caso mencionado ut supra. En estos momentos, se necesitan decisiones firmes y precisas, porque para ir a la Corte Internacional de Justicia es necesaria una estrategia sólida. En ese sentido resultaría muy importante ofrecer como testigo al Emperador Akihito. Él mejor que nadie sabe que Fujimori es peruano: en varias ocasiones el Emperador Akihito recibió a Fujimori sólo por su condición de jefe de Estado del Perú. Fujimori es peruano y como tal debe responder a nuestra justicia. En caso contrario, que sean los Tribunales Internacionales la instancia en la que, ante el estupor de la comunidad internacional, el gobierno de Japón se atreva a afirmar que Fujimori es japonés. _______
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