Bicentenario La influencia independentista, contestataria y antisistema de la Constitución de Cádiz, doscientos años después.
La Primera Piedra Liberal
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La Pepa estableció el sufragio universal masculino indirecto y consolidó el estado de derecho |
Según Vicente Ugarte del Pino, La Pepa es la primera constitución del Perú. Una valoración acertada, sin duda. Porque la Constitución de Cádiz es el primer documento de habla hispana en concentrar el talento de los más grandes pensadores que pudo dar, no solo la península ibérica, sino aquellos 60 representantes americanos y filipinos que supieron exponer las justas demandas y urgentes aspiraciones de sus connacionales. Además, es el primer código hispanoamericano en inspirar a las naciones americanas colonizadas por España a constituirse como Estados organizados bajo una ley fundamental capaz de establecer un orden institucional y un régimen de protección de los derechos y libertades individuales. Doscientos años más tarde afrontamos desafíos comunes y vigentes, tal cual acaba de anunciar la ONU al plantear que el planeta demandará, en los próximos cuatro quinquenios, cerca de un 50% más de alimentos, un 45% más de energía y un 30% más de agua, a fin de no condenar a la pobreza a 3,000 millones de personas en el mundo. Si en Cádiz se luchó por autonomías, por derechos de independencia política, división de poderes del estado, estado de derecho e igualdad, dos siglos más tarde en Indoamérica e Iberoamérica, donde proliferan recomendaciones, declaraciones y resoluciones, tenemos que saber identificar o adoptar soluciones pragmáticas que contribuyan a resolver las urgentes demandas de la población de a pie.
La España de inicios del Siglo XIX atravesaba por una severa crisis política, económica y social, causada por el expansionismo de Napoleón Bonaparte. El ejército francés invadió España en 1808 y ocupó diversas ciudades de importancia estratégica. Manuel Godoy, el entonces primer ministro español, preparó el viaje de la familia real española hacia Andalucía y América, en caso de agravamiento de la ocupación francesa. Las guerras y pugnas con los franceses instaron a la nobleza hispana a firmar acuerdos con ellos, lo cual desató la ira popular, expresada en el Motín de Aranjuez (18 de marzo de 1808), que provocó la caída y la abdicación de Carlos IV a favor de su hijo Fernando VII. Estos sucesos mostraban la crisis del Régimen y la descomposición política de la monarquía borbónica. Napoleón, árbitro de la situación, decidió hacer de España un estado satélite de Francia. Obligó a abdicar a ambos monarcas en abril de 1808, y nombró rey de España a su hermano José Bonaparte.
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El 24 de septiembre de 1810 se dio apertura a las Cortes en la ciudad de Cádiz. Aquí los diputados electos en febrero de 1810, por decreto, hicieron una convocatoria a elecciones tanto en la España insular como en los territorios de Asia y América. Merece destacarse que se consideran también a los Suplentes elegidos en el mismo Cádiz que cubrieron a las provincias tomadas por el imperio francés. Es así que en total para dichas Cortes sumaban casi trescientos diputados, de los cuales cerca de sesenta eran representantes de los dominios americanos. Los debates constitucionales comenzaron el 25 de agosto de 1811 y terminaron a finales de enero de 1812. La discusión se desarrolló en pleno asedio de Cádiz por las tropas francesas. (Ver Luis Alayza y Paz Soldán “La Constitución de Cádiz de 1812”, Lima, Editorial Lumen, 1946).
PARTICIPACIÓN PERUANA EN LAS CORTES DE CÁDIZ.
El contexto liberal de la época permitió que en el documento emanado de Cádiz se diera el reconocimiento de “garantías” y principios que protejan a los hombres, además de considerar a los representantes de todos los confines del gran imperio como integrantes de la misma mancomunidad. Surge la idea de ciudadanía, los antecedentes de los derechos humanos y naturalmente conceptos como la representatividad política y el sustento del estado de derecho. Notables juristas de las Américas de entonces participaron activamente en Cádiz.
El virreinato del Perú acreditó a cinco representantes: Ramón Feliú, Dionisio Inca Yupanqui, Vicente Morales Duárez, Blas de Ostolaza y Antonio Zuazo. La delegación peruana tuvo un excelente desempeño al tratar la situación de los americanos en las Cortes de Cádiz y, junto a todo el bloque americano, presentó un conjunto de demandas para su discusión en la llamada “Proposición de los Diputados Americanos”, propugnando una representación proporcional y equitativa en las Cortes, igualdad de derechos para los americanos en cuanto al acceso a los cargos públicos, nueva distribución de los cargos entre los americanos (50% designado para ellos), libertades de cultivo y comercio, la supresión de la discriminación, de la desigualdad, así como de mercados monopólicos, el restablecimiento de los jesuitas, entre otros (Ver Guillermo Durand Flórez, “El Perú en las Cortes de Cádiz”, Lima, Editorial Jurídica, 1974).
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El diputado Dionisio Inca Yupanqui, uno de los cinco representantes del virreinato del Perú. |
Al momento del debate y aprobación de estas y otras propuestas, la representación peruana con los juristas Vicente Morales Duárez y Feliú a la cabeza, tuvo un desempeño descollante en tales Cortes. Morales Duárez fue su Presidente. De otro lado Feliú, representante de pensamiento liberal, fue asiduo defensor del otorgamiento de la ciudadanía a los indígenas y de la abolición del tributo indígena, los repartos y las mitas (Ver Cesáreo de Armellada “La causa indígena americana en las Cortes de de Cádiz”, Madrid, Cultura Hispánica, 1959).
DERECHOS CIVILES Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
La carta magna de Cádiz de 1812 define en su primer artículo a la Nación española. Las dimensiones geográficas que compondrían España –la americana, la asiática y la peninsular– quedan en suspenso porque los americanos reclamaban un mayor número de provincias y una organización del Estado que se aproximase al federalismo.
Por otra parte el artículo 22 reconocía a los mulatos la nacionalidad española –Derechos civiles– pero el Art. 29 los privaba de la condición de ciudadanos, es decir, de derechos políticos. Esta medida fue una estrategia de los peninsulares para reducir el número de diputados americanos, ya que la ley electoral planteaba un sufragio universal proporcional a la población, pero al final fue notoria la tendencia hacia la centralización por parte de la gran metrópoli.
Sin embargo, lo positivo de la constitución de Cádiz fue que estableció el sufragio universal masculino indirecto, en un momento clave, pues no había antecedentes de esta clase de mecanismos democráticos. Además, sentó las bases de la soberanía nacional, la monarquía constitucional, la separación de poderes, la libertad de imprenta, y tanto para la península como para sus dominios en ultramar, se ajustaron algunas formas para el reparto de tierras, además del aseguramiento de la libertad para el desarrollo de la industria, tan dejada de lado en la España de entonces. Sin embargo, para la época y sus circunstancias la Constitución de Cádiz era considerada contestataria y anti-sistema. Por ello, una vez derrotada la amenaza napoleónica se restauró el absolutismo y se le dejó de lado.
TRASCENDENCIA DE LA CARTA DE CÁDIZ
A 200 años de creada la Constitución de 1812 hoy reconocemos que marcó un hito en el desarrollo democrático de los Estados Nación de Iberoamérica y tuvo una gran influencia en otras constituciones europeas. Es notorio su carácter anticolonial y, en el lado económico, sienta las bases de un mercado nacional sin las restricciones mercantilistas del pasado, abarcando a los territorios de América, reduciendo aranceles a los productos americanos, y abriendo el comercio interhispano. Podemos considerar que tal idea se anticipó un siglo a la Commonwealth de Gran Bretaña. Además, Cádiz representa un punto de referencia fundamental en el proceso general de toda la humanidad de afirmación de los derechos individuales, de vigencia del Estado de Derecho, y de organización de la vida social en base al consenso y el balance entre los intereses de los diversos grupos que componen la Nación.
(Por: Óscar Maúrtua*)-----------------
*Embajador Óscar Maúrtua de Romaña, ex Canciller del Perú.