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Justicia Ivcher cobró S/. 20 millones gracias a ley inconstitucional con nombre propio.

Cómo se Salió Con la Suya

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Los programas periodísticos de Ivcher dieron con palo a todos los expertos y políticos que tuvieron posición contraria a sus intereses personales.

Las investigaciones oficiales sobre la irregular adquisición de la nacionalidad peruana de Baruch Ivcher podrían despuntar en los próximos días. Según fuentes confiables, la Fiscalía de la Nación estaría por abrir pesquisas de oficio y, por su parte, el Ministerio del Interior ha mostrado interés en indagar la denuncia de CARETAS 2003.

Mientras tanto, Luis Alberto Salgado, secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, continúa con las gestiones para que el Estado recupere los S/. 20 millones indebidamente girados al broadcaster mediante laudo arbitral, en diciembre del 2005. ¿Cómo se llegó a ese pago?

En febrero del 2001, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que el Estado peruano había violado el derecho a la nacionalidad de Ivcher y que, por ende, le había arrebatado el Canal 2 (la ley vigente establecía que extranjeros no podían ser dueños de medios televisivos). El tribunal, además, dispuso que se le pague US$ 20,000 por daño moral y US$ 50,000 como reintegro de costas y gastos. Nada más.

Sin embargo en uno de los puntos finales de su fallo señala que “en cuanto al resarcimiento relativo a los dividendos y las demás percepciones que le hubieran correspondido como accionista mayoritario (...) deberá igualmente aplicarse el derecho interno. Para todo ello, las peticiones respectivas deben someterse a las autoridades nacionales competentes”.

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Párrafo clave del informe de los expertos juristas contratados por el Ejecutivo en el 2001.

Ivcher se aferró a este párrafo y exigió que el Estado peruano le pague US$ 46 millones. El entonces agente del Estado ante la Corte, Francisco Eguigueren, y el ministro de Justicia Diego García Sayán se opusieron. Entonces el Canal 2 desató campañas periodísticas contra ambos.

Cuatro meses después, en junio del 2001, en el Congreso se elaboró el proyecto de ley 01945 que establecía la posibilidad de recurrir a la creación de tribunales arbitrales cuando exista controversia en los montos de las indemnizaciones fijadas por las sentencias de la Corte Interamericana.

Un mes después, el 21 de julio del 2001, una Comisión Multisectorial, creada por el entonces presidente Valentín Paniagua, recibió el encargo de estudiar si era constitucional este proyecto de ley.

Cuatro juristas integraron este equipo: Cecilia Anicama Campos, Alfredo Solf Monsalve, Aurelio Loret de Mola y Carlos Montoya Anguerry, quien presidió la comisión.

Luego de poco más de un año de trabajo y tras haber revisado 11 casos seguidos en la Corte Interamericana contra el Perú y otros 12 pertenecientes a países de Latinoamérica, el 14 de enero del 2002 los juristas elaboraron un informe final el cual es categórico en cuanto a la ilegalidad de crear tribunales arbitrales para ejecutar estos asuntos.

Los juristas señalaron que, según el artículo 63 de la Constitución, sólo se puede someter a arbitraje nacional en casos de controversias “derivadas de relación contractual” entre el Estado y particulares. Los US$ 46 millones que exigía Ivcher no derivaban de un contrato entre éste y el Estado. Llevar su caso a un tribunal arbitral contravenía la ley.

Finalmente, en el anteproyecto de ley elaborado por los cuatro juristas se designó al Poder Judicial (Sala Civil de la Corte Superior) como el único encargado de autorizar los pagos derivados de sentencias internacionales.

PERO TODO CAMBIÓ en el camino. El 15 de enero del 2002, el presidente Alejandro Toledo, el premier Roberto Dañino y el ministro de Justicia Fernando Olivera adoptaron los argumentos de dicha comisión y enviaron al Congreso el anteproyecto del caso. La Comisión de Justicia coincidió con los juristas, pero cuando el anteproyecto llegó a la Comisión de Relaciones Exteriores se descartó la propuesto y, en cambio, se aprobó la creación de los tribunales arbitrales.

El 20 de junio del 2002 fue publicada la Ley N° 27775 de carácter inconstitucional y, dos días después, Ivcher remitió un escrito al Ministerio de Justicia exigiendo la creación de un tribunal arbitral para el pago de su millonaria indemnización. Ahora el Congreso se alista a revisar la cronología de esta ley con nombre propio y podría declararla, de una vez por todas, inconstitucional, según diversas fuentes. Esto podría generar que lo actuado a nivel arbitral en el pago de los S/ 20 millones quede sin efecto.


 


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