Justicia En su afán por exculpar al ex jefe nominal del SIN del crimen de La Cantuta, César Nakazaki comprometió a su propio patrocinado, Alberto Fujimori.
Le Metió un Petardo (VER)
 |
“En este caso, solo defiendo a Salazar”, respondió el también abogado del ex presidente. El ex jefe del SIN acudirá como testigo en mayo. |
El abogado César Nakazaki se ha tenido que multiplicar en las últimas semanas, ejerciendo simultáneamente la defensa de Alberto Fujimori y los generales EP (r) Julio Salazar Monroe y Nicolás Hermoza Ríos, procesados por violación a los derechos humanos. El problema es que, en su afán de exculparlos, se ha pisado los pasadores.
El 8 de abril pasado, Salazar fue sentenciado a 35 años de prisión, acusado de ser autor mediato del crimen de La Cantuta.
Un mes antes, en marzo, Nakazaki presentó ante la Primera Sala Anticorrupción un insólito alegato final para sustentar la inocencia del ex jefe nominal del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN). Su alocución, acompañada de diapositivas, duró una hora.
CARETAS accedió a la trascripción de ese alegato oral y resalta los párrafos en que, por restar responsabilidad a Salazar, el también abogado de Fujimori hizo suya la acusación fiscal que señala como responsables máximos del crimen de La Cantuta a Vladimiro Montesinos y a su propio patrocinado, el ex presidente de la República.
“El Fiscal Superior Penal califica a nuestro defendido de jefe en teoría, jefe virtual, jefe formal del SIN”, expuso el abogado. “Y, sin explicación alguna, lo ubica en la planificación, pese a que en la acusación escrita se señala textualmente lo siguiente: por la preponderancia que alcanzó el Servicio de Inteligencia Nacional, el Grupo Colina terminó constituyendo el brazo ejecutor de las órdenes de Montesinos. Remarco este punto, señalado como hecho en la ejecución, por tanto no puede ser dejado de lado en la sentencia”.
Nakazaki continuó apoyándose en la acusación elaborada por el entonces fiscal superior Pablo Sánchez Velarde: “En las páginas 9 a 11, el fiscal establece el funcionamiento del Grupo Colina y dice: Con información obtenida del personal de inteligencia infiltrado, o de colaboradores, se elaboran los Planes de Operaciones. Por favor, textualmente, la acusación, los planes operativos eran aprobados por la DINTE con la participación de la Comandancia General del Ejército, de acuerdo a las órdenes impartidas por Vladimiro Montesinos, con aquiescencia del Presidente de la República; señora Presidenta, señoras vocales, en la primera parte de la acusación, cuando se habla del funcionamiento del Grupo Colina, a mi cliente no le atribuyen ningún rol”.
Salazar, según Nakazaki, no debía ser considerado autor mediato, sino cómplice secundario del crimen, debido a que en la práctica él no era quien encabezaba la cadena de mando establecida en la acusación fiscal. Fujimori, según el D.L. N° 743 que él mismo promulgó, era el superior directo e inmediato de Salazar. Es decir, según el alegato del abogado, los responsables mediatos eran Montesinos y Fujimori.
“Si la propia acusación dice, señora Directora de Debates, que planifica la DINTE, por órdenes de Montesinos y aquiescencia del Presidente de la República y cierra el triángulo (...), ¿dónde se sostiene que Salazar podría ser un cómplice primario?”, se preguntó el abogado. Aunque no fue escuchado.
Las tres magistradas Inés Villa Bonilla, Inés Tello e Hilda Piedra no acogieron sus postulados, ni el de inocencia ni el de complicidad secundaria, e impusieron a su patrocinado una durísima sentencia. Villa y Tello lo encontraron autor mediato de los delitos de homicidio calificado y desaparición forzada, mientras que Piedra se inclinó simplemente por el delito de homicidio.
La sentencia incluye, además, la responsabilidad política y militar del crimen. “Planificado el operativo, y contando con la anuencia de quienes ubicados en las altas esferas del gobierno y del instituto castrense tenían posición de dominio sobre el destacamento, se garantizaba el apoyo necesario para el éxito del mismo e impunidad a sus miembros”. La referencia directa a Montesinos o a Fujimori no cabía en esta sentencia, puesto que ambos no estaban siendo juzgados por la Primera Sala.
CARETAS preguntó a Nakazaki sobre su argumentación. Éste replicó: “Yo me baso en un método con el que siempre se trabaja: si este es el hecho motivo de la acusación, ¿cuál es su significado legal?”
–Entonces, si usted postula que Salazar es inocente, ¿Montesinos y Fujimori sí son los culpables?
–No. No va por ahí. El tema concreto es ¿cuál es su significado real? Yo no determino si es correcto o incorrecto el hecho de la acusación. Yo sigo la lógica de la acusación.
–Si Salazar es cómplice secundario, ¿quién sería el primario, los autores, y el autor mediato? ¿Montesinos, Fujimori?
–Cada uno en su juicio y cada uno en su acusación.
–Parece que no quiere mencionar a Fujimori.
–Es que no puedo seguir porque en ese caso sólo defiendo a Salazar. (Patricia Caycho)