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Internacional Senado sepultó retenciones agrarias de Cristina de Kirchner con voto dirimente de su propio vicepresidente, Julio Cobo.

El Crack de la Señora K

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Cristina Kirshner y Julio Cobos, protagonistas de la espectacular ruptura política.

Una maratón con intensidad de final Argentina-Brasil y suspenso de película de Hitchcock fue la discusión en el Senado argentino, el 16 de julio pasado, para ratificar o rechazar un proyecto recibido de Diputados que convertía en ley la Resolución No 125 del ministro de Economía, la cual impuso un alto tributo a las exportaciones de soya y girasol (retenciones) y dio lugar al más agudo conflicto social de tiempos recientes. El proyecto de ley fue rechazado por el Senado, luego de dos empates, con el voto dirimente del Vicepresidente de la Nación –que preside el Senado– quien con su voto echó sal a la tremenda herida infligida al matrimonio K y su proyecto político hegemónico. A partir de ese momento, una bocanada de aire fresco recorrió el país y renació la esperanza en importantes sectores.

La Resolución Ministerial 125 (Ver CARETAS No 2026) se convirtió en el núcleo del conflicto que llevó a los productores agropecuarios a las rutas, provocando cortes prolongados y conduciendo a los grandes centros poblados a un incipiente desabastecimiento. También condujo a no comercializar soya ni girasol, frustrando el fin de la resolución que era captar hasta el 44% en concepto de retenciones, con una alícuota móvil asociada al precio internacional de la soya y que podía llevar el impuesto al 90%, destruyendo los mercados a futuro. La medida agropecuaria golpeó dos pilares del “modelo económico K”: los superávit gemelos, fiscal y comercial. También fogoneó la inflación que el gobierno se empeña en disfrazar y que se calcula entre el 30 y 35%. El proyecto aprobado por los diputados por un margen de seis votos (sobre 256 diputados) ratificaba la Resolución 125 y cedía al Poder Ejecutivo las facultades tributarias del Congreso en materia de retenciones. La pelea tenía una trascendencia mayor que el confiscatorio impuesto establecido.


 


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