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Justicia Al fin de su alegato, César Nakazaki afila argumentos antes de cederle el proscenio a Fujimori.

Segundos Afuera

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Nakazaki llevó la discusión jurídica a la Diroes, pero no dejó de atacar a la Fiscalía y a la prensa. Ahora Fujimori se prepara.

Nueve audiencias han transcurrido desde que el abogado César Nakazaki iniciara el alegato final de defensa del ex presidente Alberto Fujimori en el juicio que se le sigue por violación a los derechos humanos. El vocal César San Martín, presidente del tribunal, acortó la presentación de Nakazaki a sólo tres sesiones más. Posteriormente le tocará intervenir al propio acusado Fujimori.

Hasta ahora, Nakazaki ha atacado la tesis de la Fiscalía, según la cual Fujimori, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, implementó una política de guerra sucia que permitió la creación de escuadrones de la muerte para asesinar presuntos terroristas.

El abogado sustenta su posición en tres grandes ejes: la imposibilidad legal para dictar “políticas de facto” que amparen una guerra sucia; la falta de atribuciones para ejercer mando y comando castrense; la no existencia de pruebas “jurídicamente válidas” que prueben la dación de políticas de guerra sucia.

Según Nakazaki, el “Estado criminal”, al que alude la Fiscalía, funciona en base a directivas escritas, las cuales no existen en el caso de Fujimori. Afirmó que ese fue el caso, por ejemplo, de la Argentina de Videla y del Chile de Pinochet, en los que se promulgaron directivas claras para que los escuadrones no respeten procedimientos.

En la audiencia del 9 de marzo, recurriendo al jurista italiano Michele Taruffo, el abogado se preguntó qué tipo de prueba debe emplearse para demostrar la acusación de su patrocinado. “Taruffo dice: es el derecho es el que define y determina lo que en el proceso constituye el hecho. ¿Cómo probar una política? Hay que ir a la norma”.

Nakazaki sostuvo que la jefatura de las FF.AA. es meramente un título o cargo que permite al Presidente ejercer las potestades militares circunscritas en la Constitución.

Autoría Mediata.- Publicación de IDL recoge 41 de las principales pruebas presentadas a lo largo del juicio contra el ex Presidente

“La Constitución de 1979 no reconoce ni siquiera por excepción que el Presidente de la República tenga la potestad de mando de las FF.AA. y la PNP, solamente le asigna la conducción política. No se le reconoce rango militar, de General o de Comandante en Jefe, exclusivamente. Es un conductor político”, alegó el letrado.

Nakazaki puntualizó las responsabilidades institucionales en las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992). En la audiencia del lunes 16 dijo que el Presidente no tenía la potestad para dictar políticas antiterroristas. En 1991, dicha facultad era del Consejo de Ministros y en 1992, del Consejo de Defensa Nacional.

Recordó que el Comandante General del Ejército en 1991 era el general EP (r) Pedro Villanueva Valdivia, de quien aseguró no tiene denuncia alguna por la masacre de Barrios Altos. No dijo lo mismo de su también patrocinado, el general EP (r) Nicolás Hermoza Ríos, jefe del Ejército en 1992, cuando ocurrió la matanza de La Cantuta.

Al no haberse probado que dio una política de guerra sucia, dijo, Fujimori no puede ser autor mediato de los crímenes ni de las desapariciones forzadas de su gobierno.

En la audiencia del lunes último, Nakazaki buscó igualmente desbaratar las pruebas presentadas por la parte acusadora. Se centró en el documento desclasificado de la Embajada de Estados Unidos en el Perú, número P230036Z, fechado en agosto de 1990, el cual fue presentado por el Ministerio Público el 1 de octubre del 2008.

El documento fue elaborado por un funcionario de la embajada norteamericana y recoge las declaraciones de un oficial de inteligencia de la Marina que sostiene que Fujimori apoyará un plan antisubversivo compuesto de dos fases: la primera pública y de gran énfasis en los derechos humanos. La segunda fase incluiría a las unidades de operaciones especiales del Ejército entrenados en asesinatos extrajudiciales.

Nakazaki citó a la jurista colombiana Virginia Pardo Iranzo para sostener que el valor probatorio de este informe depende de que se demuestre que los hechos declarados son verdaderos. “La fuente de prueba no es el documento desclasificado sino el ex militar de inteligencia que es un testigo anónimo”, se defendió.

También criticó a la Fiscalía por haber presentado artículos periodísticos en calidad de pruebas. “¿Qué demostrarían los artículos de la prensa y los libros del general Hermoza? El presidente conformó el aparato organizado de poder que tuvo como brazo ejecutor al grupo Colina y lo controló porque condujo personalmente la guerra sucia. ¿Qué habrá dicho el general Hermoza en su libro? ¿Qué cosas terribles que no me he dado cuenta? Me retiro de la abogacía porque como también soy su abogado, debo retirarme porque no he leído sus libros”, ironizó Nakazaki.

El histórico proceso lleva ya un año y tres meses. Habría que recordar que en Argentina las audiencias a la Junta Militar duraron unos ocho meses, mientras que el juicio seguido a los 20 oficiales del régimen nazi, en Nuremberg, Alemania, fue de 315 días. Se calcula que la sentencia a Fujimori se dictará la primera quincena de abril.


 


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