Actualidad Para el mejor conocimiento del problema de la delimitación marítima con Chile.
Diez Mandamientos
1.- Es un largo proceso, o sea que el curso del litigio puede sobrepasar el período de un gobierno (cinco años) en el Perú (como en Chile).
2.- La presentación de la demanda lleva implícita la convicción de tener la razón, opinión que es plenamente compartida por todo el Perú (Como es natural, en Chile existe un sentimiento similar)..
3.- Es indudable que la acción del gobierno cuenta con el consenso nacional, tal como así se ha manifestado. Este apoyo es indispensable, desde que la Corte Internacional de Justicia no puede dejar de considerar que la posición del demandante cuente con el apoyo nacional. Desde el punto de vista interno, es evidente que las observaciones de menor cuantía podrían ser tomadas en consideración -de ser necesario- en cualquier momento posterior. Además, la crítica no debe olvidar que está en la estrategia de la demanda- usar de su argumentación en el mejor momento.
4.- Desde el punto de vista del interés nacional, es primordial recordar que el objetivo fundamental de la demanda es obtener el éxito en el litigo. Todas las otras especulaciones están condicionadas a esa finalidad Igual con los aspectos subjetivos que siempre serán colaterales.
5.- En este litigio de carácter estrictamente jurídico, es preciso aclarar que no está en juego ni el honor nacional ni la soberanía del Perú. Es cierto que hay un interés político y económico, pero cuyo origen nada tiene que ver con los antecedentes históricos, pues está subordinado a la existencia de la Convención del Mar.
6.- En este aspecto, también hay que tener clara conciencia de que el Perú no ha tenido ni tiene un mar territorial de 200 millas. Por lo demás, en los casi veinte años que consumieron los debates en la III Conferencia sobre el Derecho del Mar, la delegación del Perú nunca recibió indicación, sugestión o instrucción para presentar o defender un mar territorial de 200 millas (Tampoco Chile, que prefirió adherir a la tesis del "mar patrimonial).
7.- Si bien el Perú no ha ratificado aún la Convención sobre el Derecho del Mar, es plenamente sabido que dicha Convención también se aplica a los Estados que no son parte, como derecho internacional consuetudinario (impuesto por la costumbre internacional)). Además, expresamente, el Perú ha reconocido que su demanda sólo se puede substanciar al amparo de ese régimen jurídico.
8.- La realidad inicial, tanto desde el punto de vista de la naturaleza de las cosas, de la conciencia internacional desde el comienzo de los tiempos y de la disposición expresa de la Convención, es que el mar no puede ser objeto de propiedad de Estado alguno, ni por conquista, ni por compra ni por prescripción. En el mar carecen de valor los actos individuales en beneficio propio, desde que nadie tiene potestad para ello.
9.- En consecuencia, lo que está enjuego es la aplicación de facultades que el Derecho Internacional otorga a los Estados para la explotación y la conservación de las riquezas del mar, en los espacios marítimos de diversa naturaleza jurídica, que la Convención del Mar (en vigencia desde 1994), ha establecido. En último término, lo que está en cuestión es la aplicación de atribuciones de carácter policial y económico, así como deberes de conservación, que será indispensable coordinar.
10.- Por último, es importante tener en cuenta que Ja relación de amistad entre el Perú y Chile tiene una trascendencia humana, política, económica y social que es cada día más notoria, en las circunstancias del tiempo que nos ha tocado vivir y dadas las exigencias del futuro. (Juan Manuel Bákula*)
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*El embajador Juan Miguel Bákula Patiño es una singular autoridad en la materia. Presidió la delegación peruana ante la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar entre 1972 y 1979. En los cuatro años siguientes fue Secretario General de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y en seis posteriores miembro de la Comisión Ejecutiva de la COI (Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la UNESCO).
En mayo de 1986 viajó con el entonces canciller Allan Wagner Tizón a Santiago y, provisto de una credencial escrita, tuvo una reunión formal con el entonces canciller de Chile, Jaime del Valle, para tratar el problema no resuelto de la delimitación marítima, situación con la que Del Valle concordó tácita pero puntualmente.
- Lo enunciado durante esa entrevista fue resumido en un memorándum oficial entregado por la embajada del Perú en Santiago el mismo 23 de mayo de 1986. Este memorándum fue redactado por Bákula y marca un antecedente clave. CARETAS ha aludido al mismo en más de una ocasión pero su texto nunca ha sido publicado en Chile.