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Actualidad Premier logra instalar Mesa de Diálogo. Ahora falta saber qué quieren los líderes amazónicos.

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El premier Yehude Simon se comprometió a repasar “punto por punto” los decretos, pero el líder nativo Alberto Pizango confía en que el tiempo corre a su favor.

A pesar de instalarse la mesa de diálogo multisectorial finalmente en la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros, los nativos amazónicos no dieron su brazo a torcer al martes 26.

Mientras un contingente de nativos ashánincas marchaba por la vía férrea rumbo a Machu Picchu, Cusco, los nativos jíbaros wampi y awajun mantenían el cerco sobre la estación No 6 del oleoducto Nor Peruano que esta semana cumplió un mes sin despachar crudo a la costa.

La toma del oleoducto forzó a Pluspetrol a suspender sus operaciones petrolíferas en los yacimientos 1 – AB y Lote 8 en Loreto, esta semana. Se trata de 50,000 barriles diarios con destino a Bayóvar para la exportación.

Si bien el líder nativo Alberto Pizango agradeció “de manera muy infinita” al premier Yehude Simon su disposición al diálogo, no anunció el cese de las medidas de fuerza.

El presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva (Aidesep) afirmó que la primera mesa de diálogo concordó “cuatro agendas muy grandes”: Tierras y territorios, libre determinación de los pueblos, educación y salud interétnica y Desarrollo e Identidad.

Simon se comprometió a discutir los decretos legislativos punto por punto hasta llegar a una concordancia.

Pizango actúa consciente de que corre el tiempo a su favor.

En el Congreso las fuerzas de oposición prosiguieron con el desmontaje de los decretos cuestionados.

Ésta vez, la Comisión de Constitución declaró la inconstitucionalidad del DL 994 que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola.

La semana pasada pidió la derogatoria del DL 1090 o Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Ahora también penden de un hilo los DL 1064, 1020, 1081, 1083 y 1089.

La batalla final se librará en el Pleno.

En la tarde del martes 26, se reunió la Dirección Política del APRA con el Presidente Alan García en Palacio de Gobierno. AGP rechazó la posibilidad de derogar los decretos, incluso aquellas fórmulas propuestas por los parlamentarios apristas para no perder soga y cabra.

Los esfuerzos oficialistas están encaminados a ganar tiempo para que la Mesa de Diálogo Multisectorial logre que los nativos acepten enmiendas a los DL, pero no su derogatoria.

Pero es el oficialismo el que corre contra el reloj.

El miércoles 27, el Congreso tenía en agenda votar en el Pleno el dictamen que ordena archivar la Ley Forestal, derogándola definitivamente, y abriendo trocha a las demás.

Para el gobierno resulta incomprensible que los nativos accedan a un proceso de negociación, mientras que al mismo tiempo un sector del Congreso se enfrasca en una carrera por derogar los decretos.

Pero el aprismo está cercado en el Congreso. El fujimorismo le dio la espalda, con Rolando Sousa en la batuta, y apoya la derogatoria, así como también Victor Andrés García Belaunde, de Alianza Parlamentaria.

Trascendió que el fujimorismo está pasando la factura al APRA, por el informe de la comisión Petro-Tech que recomienda denunciar penalmente a Germán Kruger y el ex ministro Daniel Hokama.

El congresista García Belaunde estaría en la misma línea, alentado por un probable apoyo del humalismo a una potencial candidatura a la presidencia del Congreso.

La nativos amazónicos denuncian que las normas propician el despojo de las tierras y propiedades comunales.

Pero el DL 1090 tachado la semana pasada, en el Art. 7.5 sobre Bosques en Comunidades Nativas señala que “son aquellas que se encuentran dentro de territorio de esas comunidades, con la garantía que les reconoce el Artículo 89 de la Constitución Política del Perú”.

El Art. 89 de la Constitución dice sobre el régimen agrario y de las comunidades campesinas y nativas, que “la propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior”.

Más claro ni el agua.

Varias observaciones a los dispositivos legales parecen hallarse ocultas en la entrelínea de cada párrafo.

El DL 994 que pasó por la picota de Constitución el martes 26, destinado a promover irrigaciones en terrenos eriazos, definidos como aquellos “tierras eriazas no explotadas por falta o exceso de agua”.

El aprismo insistió que la norma se refería a las tierras bajo esas condiciones en la costa, pero para la congresista nacionalista Marisol Espinoza la referencia a “exceso de agua” alude a las restingas amazónicas.

Pero es el DL 1064 –en el tubo de la derogatoria–, que aprueba el régimen jurídico para el aprovechamiento de las tierras de uso agrario, el que alude más directamente al punto 1 de la Agenda de Pizango: Tierra y territorio.

El Art. 5 de la norma establece que para la demarcación de la propiedad territorial de las comunidades nativas se debería tomar en cuenta incluso “cuando las comunidades realicen migraciones estacionales, la totalidad de la superficie donde se establecen al efectuarlas”.

El Art. 6 de la misma norma indica que “la tierras originarias comprenden las tierras que la comunidad campesina viene poseyendo así como aquellas respecto de las cuales cuenten con títulos”.

Ahí tampoco hay nada que pitear. Sin embargo, José Luis Cantella, de la sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), identifica “algunos artículos específicos bajo supuestos aparentemente contrarios”.

Las principales objeciones se refieren a las excepciones establecidas a la propiedad comunal, sobre todo cuando terceros, amparados en títulos legítimamente obtenidos, reclaman como propios territorios comunales no inscritos, o aquellos declarados en abandono.

Pero Todo indica que la punta de lanza de la revuelta indígena apunta a los derechos de las poblaciones nativas sobre los territorios que el Estado asigne para explotación minera o de hidrocarburos.

La legislación salvaguarda el derecho de veto de las poblaciones nativas sobre los proyectos extractivos de recursos renovables dentro de territorio comunal como la forestería, pero la consulta no es vinculante cuando se trata de recursos no renovables como el petróleo.

“Invertir en los territorios indígenas para buscar petróleo o gas no implica expropiación de tierra. Una cosa es el suelo y otra el subsuelo: son dos realidades distintas”, precisó el ministro del Ambiente, Antonio Brack Egg.

En cambio, para la Aidesep, el DL 1064 en materia de servidumbres legales, “tiene su antecedente más cercano en la legislación sobre hidrocarburos” (Ley Orgánica de Hidrocarburos).

Se cita el Art. 82 de la misma norma, que establece que “las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de Hidrocarburos tienen derecho a utilizar el agua, grava, madera y otros materiales de construcción que sean necesarios para sus operaciones, respetándose los derechos de terceros”.

La norma agrega que “los perjuicios económicos que ocasionase el ejercicio de tales derechos deben ser indemnizados por las personas que ocasionen tales perjuicios”.

Si bien Brack Egg afirmó que las compañías petroleras y mineras modernas ya no contaminan, el impacto ambiental de ciertas operaciones petroleras es innegable.

No cabe duda que el debate aquí se entrampa en un reclamo indígena más antiguo que el propio Pizango.

Cuando eN setiembre del 2007, AGP enunció su famoso “El Síndrome del Perro del Hortelano”, rompió fuegos señalando que en el país el “reclamo de titulación de la vivienda es muy grande”, pero que el Perú en su conjunto no es consciente que, similarmente, “muchos de sus bienes no se pueden poner en valor, ni vender, ni se puede invertir en ellos, ni generar empleos con ellos”.

El Presidente puso la pica en Flandes a un debate que se originó con la Ley Forestal (DL 21147) de la década de los 70’s, que garantizaba a las comunidades nativas el aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables dentro de su territorio, pero cerró la posibilidad a que terceros hagan tratos con los nativos para su explotación.

“¿Pero qué pasa si la comunidad nativa no tiene posibilidad logística ni económica para explotar esos recursos?”, indagó Pulgar Vidal. “Desde el punto de vista de insertar a las comunidades nativas al mercado , y lograr un beneficio para ellos, entonces que vengan los empresarios”.

Ya la Ley Forestal del año 2000 abrió parcialmente las compuertas a la inversión privada. Las llamadas leyes del Perro del Hortelano aspiraban armonizar los múltiples intereses en juego. Ahora, el gobierno anda en busca desesperada de un intérprete simultáneo del español al jíbaro.


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