Historia Historia conceptual en torno al problema del indio en Latinoamérica.
Bolivarismo y Hortelanismo
Después de la batalla de Ayacucho, Bolívar subió al Cusco y meditó sobre el indio peruano. Luego, adoptó dos decisiones trascendentales que cambiaron el curso del país. En primer lugar, suprimió las comunidades e, inmediatamente a continuación, abolió el título de curaca o cacique. Los fundamentos de Bolívar fueron liberales. Estaba en contra de los títulos nobiliarios, aborrecía por igual a condes, duques y curacas. Le parecía que nadie podía estar por encima de los demás gracias a su nacimiento. En su concepción, todos éramos iguales y nuestro único título era la ciudadanía.
Por lo mismo, el Libertador estaba a favor del reparto de la tierra entre los comuneros, para que cada indígena pueda comprar o vender libremente y prosperar como individuo. Bolívar estaba en contra de las propiedades corporativas, tanto en manos de la Iglesia Católica como en propiedad de las comunidades indígenas. El Libertador abogaba por el derecho del individuo a constituir una empresa privada. Tanto el indígena como cualquier otro ciudadano.
Estas medidas estuvieron en vigencia casi cien años. Recién la Constitución de 1920 restableció la existencia legal de la comunidad campesina. Esa constitución fue promulgada por Augusto B. Leguía y constituye el fundamento de la así llamada Patria Nueva. Leguía había iniciado su mandato inclinado hacia la izquierda, quería formar una coalición amplia que le permita asentar su gobierno, que luego culminó pro exportador y dictatorial. De este modo, aunque terminó muy a la derecha, Leguía restableció la comunidad en la constitución peruana.
Los textos constitucionales de 1933 y 1979 mantuvieron idéntica la definición de Leguía. El Estado reconoce a la comunidad y sus tierras son inalienables. Es decir, no pueden ser vendidas. Para siempre permanecerán en manos de los comuneros como conjunto social, pero no como individuos. Al interior de la comunidad hay parcelas asignadas, que se transmiten por herencia y hasta se venden. Pero, respetando usos y costumbres y mediado por la comunidad.
Sin embargo, Alberto Fujimori cambió las leyes consuetudinarias. La Constitución de 1993 permitió la venta de la tierra si una asamblea de comuneros lo autoriza. A partir de entonces, se ha extendido una tensión entre recursos naturales y agricultura tradicional. Por ello, en 1994, el mismo gobierno de Fujimori firmó la resolución 169 de OIT, estableciendo que toda norma legal que interfiera con tierras indígenas debe recabar la aprobación de dicha población. La norma OIT avalada por el Estado peruano es la contraparte de la novedad constitucional de abrir el mercado de tierras comunales a la inversión de la empresa privada.
Por ello, el perro del hortelano de Alan García se halla en una orientación semejante a la propuesta por Bolívar. En efecto, ambos aparecen como liberales, queriendo extender la propiedad privada y reducir los bienes comunes que disfruta un grupo por separado. A la vez, la izquierda latinoamericana y el mismo Chávez aparecen cerca de Leguía. Además, para reforzar el parecido, el oncenio comenzó con nueva constitución y concentrando poderes en el Ejecutivo. Así, en relación al indígena peruano, García sería bolivariano; mientras que, quizá sin saberlo, Chávez seguiría la pauta del “Gigante de Sudamérica”, como fue conocido don Augusto B. Leguía. (Antonio Zapata)