Derechos Humanos Los casos de terrorismo reparados por la Corte Interamericana de DDHH.
Punta de Lanza
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El premier Velásquez viajó el sábado 17 a comunidades del Cenepa. Luego propuso reservas parciales ante la CIDH. |
El debate en torno a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) alcanzó una nueva cota. El premier Javier Velásquez Quesquén propuso “plantear una reserva parcial sobre delitos de terrorismo en indemnizaciones económicas. Los fallos de la Corte no son absolutos. ¿Dónde está la soberanía del país? No porque el gobierno pasado se allanó, vamos a cumplir estas sentencias”.
Se refería al pago de indemnizaciones a terroristas. Específicamente a la discusión desatada cuando se supo que el Estado peruano sufragó, en el 2006, US$ 30 mil a la familia de Lori Berenson en costos judiciales, porque la CIDH determinó que sus derechos habían sido violados durante el juicio militar al que fue sometida en el país.
El ministro de Justicia, Víctor García Toma, señaló que la de Velásquez era una “propuesta personal”. Su predecesor en el sector, Aurelio Pastor, consideró legalmente imposible la denuncia parcial. El presidente del Poder Judicial, Javier Villa Stein, declaró que si bien le parecía moralmente inaceptable tener que reparar económicamente a los subversivos, “la batalla se debe ganar en el seno de la Corte Interamericana”.
Velásquez debió retroceder ante la metida de pata. El lunes último habló de “plantear reservas” ante los casos de indemnizaciones. Puso como ejemplo a Colombia, Chile, Ecuador y Bolivia.
El caso colombiano es paradigmático en la medida que, en medio del prolongado conflicto que vive ese país y los episodios de violaciones contra los DDHH perpetrados por elementos asociados al Estado, se ha montado un competente equipo de abogados dedicado a enfrentar las denuncias que son presentadas primero ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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Villa Stein instó a “ganar la batalla” en el seno de la Corte y no fuera de ella. |
Pero ni así se puede tapar el sol con un dedo. En el 2004, tras una sentencia de la CIDH, el gobierno colombiano indemnizó con US$ 6.5 millones a los familiares de la masacre de 19 comerciantes a manos de paramilitares en el centro del país.
La historia se repitió tres años después cuando la Corte ordenó indemnizar a los deudos de los 20 campesinos asesinados en Ituango, en el departamento de Antioquia a manos de las Autodefensas Unidas (AUC).
Una fuente de la Defensoría del Pueblo aseguró que la Corte tiene 13 casos de acusados por terrorismo pendientes de sentencia. Los casos ya reparados son:
–Caso Neira Alegría y otros, caso Durand y Ugarte
–Se trata de presos por terrorismo que murieron durante el debelamiento del motín en el penal El Frontón, el 18 de junio de 1986. Las sentencias son de 1995 y 2000. El monto total de la reparación en el primer caso fue de US$ 154 mil y en el segundo de US$ 125 mil.
–Caso Loayza Tamayo (Inocente)
–Sentencia del 17 de setiembre de 1997. El 6 de febrero de 1993 fue detenida la profesora María Elena Loayza Tamayo por miembros de la Dincote. Un tribunal militar sin rostro la condenó a 20 años de prisión por el delito de traición a la patria. La Corte estableció que se le condenó sin pruebas, violando las garantías judiciales y el debido proceso. Se estableció que el Estado debía indemnizarla con casi US$ 143 mil.
–Caso Cantoral Benavides (Inocente)
–Luis Alberto Cantoral Benavides fue detenido el 6 de febrero de 1993 y procesado por el delito de traición a la patria. Un juez especial de la Marina lo absolvió el 5 de marzo de 1993 y en agosto de ese año hizo lo propio el Consejo Supremo de Justicia Militar, pero por error liberaron a su hermano gemelo y a él no. Su hermano estaba condenado a 25 años de prisión por terrorismo. Salió en libertad gracias a la comisión de indultos del padre Hubert Lanssiers en 1996. La Corte, en su sentencia del 18 de agosto del 2000, determinó que el Estado debía pagarle US$ 176 mil.
–Caso Castillo Petruzzi y otros
–La Corte estableció en 1999 que el Estado peruano violó el derecho a la nacionalidad de los chilenos Jaime Castillo Petruzzi, María Concepción Pincheira, Lautaro Mellado y Alejandro Astorga, al juzgarlos y condenarlos por el delito de traición a la patria en un tribunal sin rostro. Pertenecían al MRTA.
–Caso De la Cruz Flores
–En el 2004 la Corte determinó que el 27 de marzo de 1996, María Teresa de la Cruz Flores fue detenida acusada de colaboración con el terrorismo. Según la Corte, se violó su derecho a las garantías judiciales y al debido proceso al haber sido condenada por un tribunal militar sin rostro a 20 años de prisión. La Corte estableció que debía ser indemnizada con US$ 80 mil. Posteriormente, la Fiscalía la encontró inocente. En el año 2004, sin embargo, un tribunal civil la encontró culpable por el delito de colaboración con el terrorismo y la condenó a 8 años de prisión.
–Caso García Asto y Ramírez Rojas (inocentes)
–En la sentencia del 25 de noviembre del 2005 la Corte determinó que Wilson García Asto y Urcesino Ramírez fueron detenidos (en 1995 y 1991 respectivamente) por la Policía sin contar con orden judicial o flagrancia. Fueron condenados por terrorismo por un tribunal militar sin rostro. Determinó una indemnización total de US$ 85 mil.
–Caso penal Miguel Castro Castro
–Fueron ejecutados 41 presos de los pabellones pertenecientes a Sendero Luminoso del penal Castro Castro el 9 de mayo de 1992. Se estableció una indemnización de US$ 10 mil a los familiares y US$ 5 mil a los sobrevivientes que residen en el exterior.